DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos y sus fundamentos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección De Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa-Extensión Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos YUVYRI ADELA HURTADO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.827.712 y HERNAN JOSE NARVAEZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.446.232; en virtud del matrimonio civil contraído en fecha 07 de Octubre de 1.998, según consta en acta Nº 242 por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa. Y así se Declara.
En consecuencia, y por efectos de la.....