D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, sede Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda de COLOCACION FAMILIAR intentada por la ciudadana ISABEL MARITZA BRACHO, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.5.946.000, en contra de la ciudadana ADA EMILIA BUSTILLOS BUSTILLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.367.149. En consecuencia, SE ACUERDA: PRIMERO: La permanencia de la niña MARCELLA ALEJANDRA PATIÑO OCHOA, actualmente de tres (3) años de edad, en el hogar de la abuela paterna, domiciliada en la Urbanización Llano Alto, Conjunto La Gladiola, casa Nro. 60.....