Por todas las razones de hecho y de derecho éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con Competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención intentada por la ciudadana ANA MARGARITA CURBATA GODOY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.364.321 en contra del ciudadano RONALD JAVIER TORRELLES GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 15.866.244, en beneficio del niño (se omite identificación por disposición legal. En consecuencia, se fija la cantidad de DOS MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs.2000) por concepto de Obligación de Manutención, que representa aproximadamente dieciocho punto tres (18.3) salarios mínimos diarios a razón de ciento nueve.....