D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, sede Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 395, literal "d", 396, 397, 400, en concordancia artículo 8 literales "a" y "e" todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes DECLARA CON LUGAR la solicitud de COLOCACION FAMILIAR, intentada por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Turen estado Portuguesa, en beneficio en beneficio del niño SE OMITE, de tres (03), años de edad, hijo de la ciudadana RODRIGUEZ SIRA MARIA GABRIELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°.....