DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos y sus fundamentos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y Transición del Circuito Judicial de Protección Del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos FANNY REGINA HERNÁNDEZ LEÓN y REINALDO ANTONIO LUCENA; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.425.843 y 15.691.404, respectivamente; en virtud del matrimonio civil contraído en fecha 02 de Junio de 2000 por ante la Prefectura del Municipio Araure del Estado Portuguesa. Y Así se Declara.
En consecuencia, y por efectos de la entrada en vigencia de la normativa
sustantiva de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Protección del Niño
y del Adolescente.....