Por todas las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, sede Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 395, literal "b", 396, 397, en concordancia artículo 8 literales "a" y "e" todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes DECLARA CON LUGAR la demanda de COLOCACION FAMILIAR, intentada por la ciudadana: PATRICIA MARGARETH CAPALDI MORONE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.8489.115, en beneficio de los adolescentes (se omite identificación por disposición legal), en contra del ciudadano MARTIN GREGORIO CASTILLO PERALTA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº .....