D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas, para asegurarle a la ciudadana HILDA COROMOTO GONZÁLEZ ÁLVAREZ, ut- supra identificada, la adolescente (identificación omitida por disposición de la Ley) , de doce (12) y nueve (09) años de edad respectivamente, su condición de ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del causante YERRY MANUEL RODRÍGUEZ, quien falleció ab-intestato en fecha 22 de diciembre de 2.012, en la vía Nacional, sector Bella Vista, Municipio San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, a causa de PÉRDIDA DE MASA ENCEFÁ.....