D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas para asegurarle a la ciudadana LUCIA DEL CARMEN FERNANDEZ RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- V-12.237.844, al ciudadano JAVIER JOSE CHIQUITO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-21.161.862 y a la adolescente (identificación omitida por disposición de la Ley) , venezolana, de quince (15) años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.825.477, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del .....