PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio con fundamento en decisión dictada en Expediente No. 12-1163, de la Magistrada Ponente: CARMEN ZULETA DE MERCHAN, del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, de fecha 02 de junio del año 2015, la misma vinculante, presentada dicha solicitud por los cónyuges IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN DE LA LEY y MEIBY ESPERANZA GONZALEZ HERNANDEZ, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo conyugal contraído por el adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICIÓN DE LA LEY y la ciudadana MEIBY ESPERANZA GONZALEZ HERNANDEZ, plenamente identificados en autos, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Uvencio Antonio Velásquez, Municipio Sucre del estado Portuguesa, según acta de matrimonio Nº 21, Folio 21, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil venezolano.
TERCERO: REMITIR oficio con copia certificada del presente fallo una vez que el mismo haya quedado firme, a la Oficina.....