PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio con fundamento en decisión dictada en Expediente Nº 12-1163, de la Magistrada Ponente: CARMEN ZULETA DE MERCHAN, del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, de fecha 02 de junio del año 2015, la misma vinculante, presentada dicha solicitud por los cónyuges RAFAEL EDUARDO MALDONADO TORREALBA y MARÍA LEONTINA WEBER DORANTE, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos RAFAEL EDUARDO MALDONADO TORREALBA y MARÍA LEONTINA WEBER DORANTE, plenamente identificados en autos, por ante el Registro Civil de la Parroquia Guanarito, Municipio Guanarito del estado Portuguesa, en fecha 24 de Abril de 2015, según acta de matrimonio Nº 63de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil venezolano.
TERCERO: HOMOLOGADOS los convenios suscritos entre las partes en relación al ejercicio de la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Custodia, Régimen de Convivenc.....