DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 13 de febrero de 2015 por la Abogada YRMVICT RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.964.197 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 133.745, actuando con el carácter, acreditado a los autos, de Apoderada Judicial de la ciudadana VERUSCA NALLIVE BETANCOURT AGUIRRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.890.361, contra la Sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución con Competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscr.....