III
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 30 de noviembre de 2015 por el ciudadano ROGER ANTONIO COLMENARES MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-26.077.229, parte solicitante en el asunto principal signado con el alfanumérico PP01-J-2015-001268 con motivo de Autorización Judicial para Solicitar Prolongación de Beneficios, asistido por el Abogado en ejercicio RAMSÉS RICARDO GÓMEZ SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.738.176 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 91.010, en contra de la Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva dictada por el Tribunal Primero de Primera.....