Se hace necesario entonces, volver la mirada sobre el decreto cautelar dictado en fecha veinticinco (25) de mayo de 2023, para determinar que el mismo se reduce a la mera cautela de naturaleza patrimonial sobre el importe o valor de los frutos causados en el bien cuya partición de comunidad se pretende, por lo que de ninguna manera la medida de marras, tiene incidencia sobre el desarrollo de las actividades agrarias productivas en el fundo "Las Dianas", ostentado el ciudadano ZAID MOURAD ALABBAS, la plena y absoluta dirección de las mismas; lo cual, conlleva a evidenciar el sofisma en que incurre la parte demandante en la contradicción a las actas contenidas en el presente cuaderno de medidas. Así se establece.