En consecuencia, constata este Juzgador, que encontrándose el recurso de apelación ejercido por los abogados, Gegdiel Castellanos y Carmen Méndez, actuando como apoderado judicial de la parte demandanda, contra una decisión interlocutoria la cual, no genera ningún perjuicio irreparable para la parte recurrente, este Tribunal NIEGA LA ADMISIÓN de la Apelación realizada. Así se decide.-