este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: NO HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, realizada por la ciudadana, DOLORES ROSALIA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.408.790, parte solicitante del reconocimiento de documento para preparar la vía ejecutiva; asistida por el profesional del derecho Luis Javier Barazarte Sanoja, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 27.663 y el ciudadano, NICOLAS BARRIOS PÉREZ, asistido por los abogados Julio R. Figueredo y Yalida Maritza Silva, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 14.977 y 134.063, en su orden.
SEGUNDO: Se DECLARA suficientemente reconocido en su contenido y firma, los documentos otorgados por los.....