este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA LA APELACIÓN propuesta por el abogado Enrique Antonio Cerrada Pargas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 32.626, en su carácter de Defensor Público Segundo Agrario del estado Portuguesa, actuando en representación de los ciudadanos ALCIDES VELASQUEZ COLMENAREZ, JOSÉ VELASQUEZ COLMENAREZ Y GISCARD TORRES LINARES, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 9.408.128, 10.052.415, 17.617.799, respectivamente; integrantes del Consejo Campesino "Los Hijos de Bolívar", inscrito en el Registro Público del Municipio Guanare, en fecha 06 de mayo de 2011, bajo el número 27, folio 107, del tomo 12. Así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.....