Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la suspensión provisional de la ejecución forzosa de la sentencia definitivamente firme; de conformidad con el artículo 17 numeral 5, parágrafo 2, 3 y 4 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; en el juicio que por Pretensión Posesoria por Despojo, incoara la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE SERVICIOS Y PRODUCCIÓN AGROPECUARIA BOLIVARIANA "BUEN DESTINO", identificada anteriormente, representada por los ciudadanos: RICARDO GIL COLMENARES, LUÍS OSWALDO MATUTE PÉREZ Y REINALDO ANTONIO AGUILAR; contra los ciudadanos: LEONARDO ANTONIO DAVID AMAYA, JOSÉ JAVIER GUERRA ARRÁEZ Y MARCOS PACHECO y las ciudadanas: LEBEIRA DEL CARMEN RODRÍGUEZ PÉREZ, FLORINDA DEL CARMEN INFANTE E .....