Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, de conformidad con los artículos 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo establecido en el artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Medida Cautelar Indeterminada de Protección a la Producción Agroalimentaria que se desarrolla sobre la unidad de producción agrícola denominada Finca "CAÑA DE AZÚCAR-SAN MARINO II", "CAÑA DE AZÚCAR", cuyos linderos particulares son: NORTE: Terrenos ocupados por Agropecuaria Fortore y Agrícola San Marino; SUR: Terrenos ocupados por José Edelio de la Concepción; ESTE: Silvia de Ferrer y OESTE: Terrenos ocupados por Agropecuaria Fortore, con una extensión total de CIEN HECTÁREAS CON DIECINUEVE METROS CUADRADOS (100 Has con.....