Por todas las consideraciones antes expuestas; este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por la Sociedad Mercantil REFORESTADORA DOS REFORDOS, C.A., a través de su coapoderado judicial abogado: EMILIO SEGUNDO BARROETA GUILLÉN, antes identificados; contra el Acto Administrativo emanado del Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI), de fecha 6 de abril del año 2011, en sesión Nº 372-11, Punto de Cuenta Nº 9, mediante el cual acordó Inicio del Procedimiento de Rescate Autónomo y Acuerdo de Medida Cautelar de Aseguramiento de la Tierra, sobre un lote de terreno denominado "Finca La Yaguara", ubicado en el sector Guache-El Tigre, Municipio Ospino del estado Portuguesa. Todo de conformidad con el art.....