En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADO el desistimiento de la presente demanda de Cobro del Bolívares, suscrita por los abogados BLANCA PERLA GUTIERREZ Y WHILL R. PEREZ COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. 10.847.048 y N° 12.435.862, respectivamente, apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil GENPESCA, C.A, Sociedad Mercantil MEDEIRA LIDO C.A, registrada por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara en fecha veintiuno (21) de junio del año 2019, inserta bajo el Nro. 33, Tomo: 32-A, representada por los ciudadanos ANTONYMAR RUZA RODRIGUEZ, ANGELO NASTA Y EMANUEL BRAZAO MENDONCA DIOGO, de nacionalidad, venezolana, italiana y portug.....