en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los Artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
-PRIMERO: CON LUGAR la demanda de: RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, incoada por el ciudadano: NAYBE ANTONIO ESCALONA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 16.240.566, asistido por la Abogada en Ejercicio: MARUJA BRUNI JARAMILLO, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 52.067, contra el ciudadano: BENIGNO MARTÍN PLACERES RODRÍGUEZ, quien es español, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E-370.426 y de este domicilio.
-SEGUNDO: RECONOCIDO el presente documento: