Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, realizada por la ciudadana MAYRA ALEJANDRA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº. V- 13.346.038, contra el ciudadano NELSON RAMON SEQUERA MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.943.609. SEGUNDO: En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel, Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 04 de enero de 1994, acta de matrimonio Nº 01, año 1994, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese D.....