Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por los ciudadanos JOSEPH SAINT JOHN RANIERI HERRERA AVILA y CLAUDISA JOSE SANCHEZ QUINTERO, venezolanos, mayores edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 20.676.128 y V-20.794.911, respectivamente, en relación a la disolución del vínculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 14 de Julio del año 2016, quedando inserta el Acta bajo el Nº 76, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.