Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por los ciudadanos LISBETH COROMOTO RODRIGUEZ DE VERDE y REGULO JOSE VERDE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 9.845.825 y V-5.934.955, respectivamente, en relación a la disolución del vínculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Juzgado del Municipio Chiquinquira de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 15 de Octubre del año 1984, quedando inserta el Acta bajo el Nº 24, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.