Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE LAS SIGUIENTES ACTAS DE NACIMIENTO:
a.- Acta de Nacimiento de la ciudadana MAGALI RODALLEGA VIVEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.906.064, de este domicilio.
b.- Acta de Nacimiento del ciudadano JOHAN SERGIO RODALLEGA VIVEROS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.669.188, de éste domicilio.
c.- Acta de Nacimiento del ciudadano JOHN RICAUTE RODALLEGA VIVEROS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.526.493, de éste domicilio.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DE LAS ACTAS DE NACIMIENTOS de los ciudada.....