Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara :
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por el ciudadano: ORLANDO ANTONIO MENDOZA DUN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.295.619, con citación de su cónyuge MARIA SOLEDAD PADILLA MEJIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.956.390, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: ORLANDO ANTONIO MENDOZA DUN y MARIA SOLEDAD PADILLA MEJIAS, en fecha veintitrés de Noviembre de dos mil dieciocho (23/11/2018), por ante el Registro Civil de la Parroquia San Ju.....