Por los anteriores razonamientos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA en virtud de la Resolución N° 2018-0013, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela signada con el N° 41.620, de fecha 25-04-2019 y DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa para continuar conociendo el presente Interdicto de Amparo, incoado por la ciudadana María Carolina Rivas Soto, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 13.041.963, de este domicilio, contra la ciudadana Allisson Ivier Bece.....