Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:PRIMERO:CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por desafecto, propuesta por el ciudadanoMARTIN GREGORIO SILVA GRATEROL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°28.677.955, de este domicilio,debidamente asistido por el abogado enejercicio Antonio José Bastidas Olmos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°18.892.031, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°198.994, de este domicilio,de conformidad con lo establecido en el criterio que con carácter vinculante estableció la Sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia Nº 1070 de fecha 09-12-2016, expediente Nº 16-0916, doctrina en referencia acogida por la Sa.....