Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio propuesta por los ciudadanos: AGRIBEL ALEXANDER HERRERA MONSALVE y SOLYS DEL CARMEN GRATEROL GRATEROL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-14.865.164 y V-13.328.671, respectivamente, ambos de este domicilio.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha Treinta y Uno de Julio de Dos Mil Diez (31-07-2010), por ante el Registro Civil de la Parroquia Antolin Tovar Aquino del Municipio San Genaro de Boconoito, Estado Portuguesa., de conformidad con lo establecido en el artícu.....