Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO:CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por desafecto, propuesta por laciudadana: LAURA ISABEL OLIVEROS CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.498.327, debidamente representada por su Apoderada Judicial, JAKELIN URQUIOLA MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.727.335, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 108.321, y que consta en Poder debidamente Autenticado Por ante la Notaria Pública del Municipio Guanare del estado Portuguesa bajo el N° 45, Folios 146 al 148, Tomo 44, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria de fecha 12/09/2022, de conformidad con lo establecido en el cr.....