Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por Desafecto, propuesta por el ciudadano: LUIS ALBERTO ORTEGA VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.395.296, de este domicilio, de conformidad con lo establecido en la sentencia 1070 con carácter vinculante estableció la Sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de diciembre de 2016. SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído con la ciudadana YENNY JOSEFINA VIERA LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.894.505, por ante el Registro Civil del municipio Guanare del Estado Por.....