Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio 185-A, propuesta por los : ELENA ZELANDIA BARROSO MORAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-23.572.081 y LENNON IGOR OROZCO TAPIA, venezolano, abogado, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-12.648.533, ambos de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil. SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos en fecha 30-07-2016, por ante por ante el Registro Civil del Municipio Guanare, estado Portuguesa, de conformidad c.....