En consecuencia, al ser analizadas y valoradas las pruebas cursantes en autos, así como las declaraciones rendidas por los testigos promovidos en la presente solicitud, determinando quien aquí juzga no hubo oposición a la misma, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con los Artículos 937 y 770 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones suficientes para acreditar a los ciudadanos: CASTORILA PEREZ, en su carácter de cónyuge sobreviviente; y el resto de los ciudadanos MANUEL MARIA TUA PEREZ, DIGNA JOSEFINA TUA PEREZ, DANIEL ANTONIO TUA PEREZ, EUDY WILFREDO TUA PEREZ, ANA YAKELINE TUA PEREZ Y JHONATAN EDUARDO TUA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº V.- 5.951.631, V.-15.867.943, V.-15.8.....