Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos MARIA ALEXANDRA MONTILLA y WILSON JAVIER MOSQUERA ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-15.139.341 y V-15.400.416 respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por el Profesional del Derecho ciudadano: RONALD A. PERAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: V-21.024.793, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 254.518, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos MARIA ALEXANDR.....