Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos EDDY COROMOTO VIZCAYA COLMENARES Y RONNY RAFAEL JIMENEZ BECERRA venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.333.313 y V-12.930.102 respectivamente, domiciliada la primera en Gato Negro, poblado II, Calle 9, Casa s/n de esta ciudad de Guanare, Municipio Guanare, Estado Portuguesa, y el segundo domiciliado en el Barrio Flor Amarillo Paso Real, Calle Segunda Norte, Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia Estado Carabobo, asistidos por la profesional del derecho LEIDA PARRA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.040.353, e inscrita en el Institu.....