Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A propuesta por los ciudadanos: FELIX RAMON MARTINEZ CEVILLA y MARIA SABINA ZERPA TORRES, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.729.102 y V-13.040.884, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada YANIRE COROMOTO RIVERO MENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 214.640; de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos en fecha Once de Abril del año Dos Mil Ocho (11/04/2008), por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, s.....