Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos José Matías Pérez Peñuela y Moraima Coromoto Chirinos Yepez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V- 12.239.306, V-11.398.596 respectivamente, ambos de este domicilio, el primero de los nombrados debidamente asistido por el profesional del derecho Wilfredy Geraldo Mena, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.402731, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 134.084, y la segunda debidamente asistida por la profesional del derecho Khaterin Amaya, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.908.473, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 236.834, de conformidad con lo establecido en la Sentenci.....