Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: BELKIS JOSEFINA PAEZ DE VACCARELLO y ANACLETO VACCARELLO VACCARELLO, venezolana la primera, de nacionalidad italiana el segundo, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-3.663.219 y E-316.269 respectivamente, domiciliada la primera en la ciudad de Valencia estado Carabobo y el segundo en esta ciudad de Guanare, Municipio Guanare del Estado Portuguesa, asistidos por los profesionales del derecho GLADYS TAM DE PINTO y MIGUEL ARMANDO HERNANDEZ AGUILERA, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-3.662.653 y V-7.777.428, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 1.....