Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por el ciudadano Auvilio Ramón Heredia Reyes, asistido por el profesional del derecho Miguel Armando Hernández Aguilera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad númeroV-7.444.428, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el número 65.695, contra la ciudadana Hilda Coromoto Azuaje Escobar, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 4.264.299 y V.- 8.068.964 en el mismo orden ,la última de los nombrados domiciliada en el Barrio Cementerio, Calle 20 entre Carrera 12 y 13, Casa Nº 12-59 del Municipio Guanare Estado Portuguesa, de conformidad con lo estab.....