DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuesto este Tribunal Cuarto Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: el DECAIMIENTO O ABANDONO en la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos YILBERTH NEPTALI MATOS DAVILA y RUTH YAMILETH VILLEGAS GUTIERREZ, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio BENITO ALDANA BRICEÑO, antes identificados, a objeto de obtener el divorcio conforme a la norma del 185 A del Código Civil. Así se decide.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE NOTIFIQUESE y DEJESE COPIA:
Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal Cuarto de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Guanare a los catorces días del mes de Diciembre del Año Dos Mil Diecisiete (14/12/2017) Años 207°.....