DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesto por los ciudadanos: BLANCA GISELA FERNANDEZ PINEDA Y JHONNY ALEXIS GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.404.062 y V-10.051.364 respectivamente, ambos domiciliados en la ciudad de Guanare estado Portuguesa.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que se perfeccionó entre los solicitantes en fecha 06 de Septiembre 1988, por ante la primera Autoridad Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, bajo acta N º 37, del Libro de registros de matrimonios, llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Guanare, estado Portug.....