DISPOSITIVA
En razón a lo anteriormente expuesto este en fuerza de las motivaciones de hecho y de derecho que preceden, este Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio San Genaro De Boconoito Del Primer Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, formulado por la ciudadana YAQUELIN COROMOTO VALOY GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.160.032, domiciliada en el Barrio 23 de Enero de Municipio San Genaro de Boconoito del Estado Portuguesa, de conformidad con el artículo 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se ordena el archivo del expediente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el salón de despacho del Tribunal De .....