DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos: CESAR RENULFO PAREDES y ARELES PEREZ ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 9.268.941 y 14.171.117 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha el quince (15) de diciembre de mil novecientos ochenta nueve (15-12-1989), ante el Registro Civil de la Parroquia Altamira de Cáceres del Municipio Bolívar del e.....