DISPOSITIVA
En merito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal de Municipio Ordinario Ejecutor de medidas del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Procediendo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el INTERDICTO RESTITUTORIO DE LA POSESION, intentada por el Ciudadano TOMAS ODILIO CARRASCO, titular de la cedula de identidad N º V- 14.865.379, en contra de la ciudadana ERCLIA QUIÑONES GAMEZ titular de la cedula de identidad Nº V- 1.223.295.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte querellante de conformidad con el artículo 708 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 274 ejusdem.
TERCERO: De conformidad con la parte infine del Articulo 701 del Código de Procedimiento Civil esta decisión es apelable y la misma será oída en un solo efecto, pero se acuerda la remisión del expediente completo contentivo de todas las actuaciones al Tribunal superior, e.....