Por los motivos antes expuestos, este Juzgado de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana: María Gloria Chinchilla Carrillo , venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 9.372.868, en representación de sus hijos: xxx, contra el ciudadano: Miguel Ángel Sulbaran Graterol, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.397.907, domiciliado en el Barrio La Montañita en la parte alta de esta población del Municipio Sucre del estado Portuguesa, y fija la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2.000,oo), mensuales, y el doble de dicha cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año para útiles escolares y estrenos decembrinos, más el 50% de los gastos de med.....