DECISION
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE por razón de la Cuantía para conocer de la presente demanda de Desalojo de Inmueble presentada por la ciudadana Deyanira María Torrelles Lacruz, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 16.644.044, en contra del ciudadano Jesús Alberto Artigas Lacruz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.940.725, y en consecuencia DECLINA la competencia en el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito del Primer Circuito de esta misma Circunscripción Judicial, al que se ordena remitir las presentes actuaciones.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
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