DISPOSITIVA:
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento propuesta por los ciudadanos Eneidy Sarahy Montilla Desantiago y Nahimir Antonio Madrid Bastidas,, de conformidad con lo establecido en el articulo 8 ordinal 8 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, por ante la Unidad del Registro Civil de la Parroquia Uvencio Antonio Velasquez, Municipio Sucre estado Portuguesa, el día Nueve (09) de Mayo de Dos Mil Catorce (2014).
Una vez que quede definitivamente firme la presente decisión, líbrense los ofici.....