Por cuanto no ha habido oposición, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos José Alejandro Fernández Fernández, María Griseldina Fernández Fernández, María Victorina Fernández Fernández, y a la Solicitante ciudadana Alisbeth Carolina Fernández Balza quien es hija de Agistin Fernández Fernández (fallecido), en su condición de hijos y nieta, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante José Aurelio Fernández Valladares, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículos 822 y 825 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. Dev.....