DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana: María Eugenia Quevedo Angulo, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº 17.305.445, en representación de su hija xx, de 01 años de edad, contra el ciudadano: Junior Antonio Morón González, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Policía, titular de la cédula de Identidad Nº 19.338.212 y fija la cantidad de un mil quinientos bolívares (Bs.1.500,00) mensuales, el doble en el mes de diciembre para gastos decembrinos, así como el 50% de los gastos por consulta medica y medicamentos en caso de enfermedad.
Regístrese y publíquese y déjese copia.
Dado, Sellado y Refrendado en la Sala de despacho del Juzgado del Munic.....