Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de Reconocimiento de Instrumento Privado y en consecuencia da por reconocido el documento acompañado a los autos. Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, sellado y refrendado en la sala del Tribunal Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. Biscucuy, veintiocho (28) días de Abril del dos mil veintidós (2022). Años 213º y 162º.
La Juez Provisorio.
Abg. Yaneth García de Parra.
La secretaria.
Abg. Yasmin Hidalgo Valderrama.-
En esta misma fecha se di.....